INVESTIGACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS
Consejería de Medio Ambiente competente en materia de suelos deben recoger de documentos reconocidos en materia de suelos contaminados
Cualquier desviación significativa que fuera preciso contemplar de forma excepcional, se identificará claramente en los informes de resultados en anexo independiente, y se justificará técnicamente, con indicación de las referencias documentales y bibliográficas adecuadas, para la valoración por el Órgano ambiental competente del cumplimiento de los siguientes criterios básicos:
- Se deberá garantizar la identificación de todos los posibles contaminantes presentes, tanto en suelos como en aguas subterráneas asociadas, de acuerdo a las actividades desarrolladas que hubieran podido afectar al emplazamiento. Así mismo, se deberán determinar todos los parámetros del medio necesarios para la posterior evaluación del riesgo.
- Se justificará la adecuación del método de ensayo empleado a los valores límite normativo.
- La afección, en suelos y aguas subterráneas asociadas, deberá quedar acotada tanto de profundidad como en superficie.
- Se deberán emplear procedimientos acreditados, siempre que estén disponibles en el mercado.
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